En los próximos días los trabajadores deberán recibir el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de mayo, que se paga por el periodo noviembre 2022-abril 2023.
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) precisa que las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas tienen plazo para pagar este concepto el próximo lunes 15 de mayo a sus trabajadores.
¿Quiénes lo recibirán?
El pago se realiza a los trabajadores formales, es decir, en planilla, que laboraron durante el semestre (noviembre 2022-abril 2023) completo.
La CTS que se paga a los empleados de las grandes y medianas empresas equivale al 50% del último sueldo que recibieron más de un sexto de la gratificación que les pagaron en diciembre del 2022.
«No obstante, si el trabajador no ha laborado el semestre completo, por cada mes laborado percibirá un sexto del sueldo más un sexto de la gratificación», precisa la CCL.
Los trabajadores que tienen menos de un mes de servicio en la misma empresa al 30 de abril no tendrán derecho al depósito de la CTS. En estos casos los días laborados se sumarán al semestre mayo 2023-octubre 2023 y la CTS acumulada se depositará hasta el 15 de noviembre del presente año.
Para los empleados de las pequeñas empresas se indica que sí les corresponde el pago de la CTS a todos sus trabajadores antiguos y nuevos si estos no están inscritos en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE).
«Si la pequeña empresa está inscrita en el REMYPE, los trabajadores contratados hasta antes de su registro tendrán derecho a la CTS, según la regla general; y si el trabajador ha sido contratado luego que la empresa se inscribió en el REMYPE, su CTS será el 50% de lo que se obtiene en el régimen general», agrega la CCL.
Cabe mencionar que los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias no tienen derecho al pago de la CTS.
Multas
La CCL recuerda que no depositar la CTS dentro del plazo establecido es considerado como infracción grave por parte de las empresas.
Esto significa que la Sunafil puede aplicar multas diferenciadas para las micro, pequeña, mediana y gran empresa (No MYPE), las que oscilan entre S/ 544 hasta los S/129.294.
Además, por no entregar la hoja de liquidación con el cálculo de la CTS, dentro de los cinco días de efectuado el depósito (infracción leve) la multa va entre S/ 222 a S/ 76.824.
En el caso de las multas para las micro y pequeñas empresas inscritas en Remype no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1 % de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.