La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ha reafirmado su postura sobre la Ley 32104, norma que ratifica la polémica Ley 31751, también conocida como Ley Soto, la cual reduce a un año el plazo de suspensión de la prescripción. Esta ley ha sido utilizada por políticos, como el expresidente del Congreso Alejandro Soto, para evitar procesos penales. Soto archivó un proceso por presunta estafa gracias a esta norma.
La Ley 32104 fue impulsada por el congresista Flavio Cruz y responde al Acuerdo Plenario 05-2023/CIJ-112 de la Corte Suprema, en el cual se concluyó que la Ley Soto es inconstitucional por ser desproporcionada. El proyecto fue respaldado por el entonces presidente de la Comisión de Justicia, Américo Goza, quien sostuvo que la norma debía acatarse. Sin embargo, el Poder Judicial ha dado una respuesta contraria.
En una reciente sentencia, la Sala Penal Permanente determinó que la Ley 32104 no introduce cambios sustanciales en la Ley Soto. La resolución señala que ya se pronunció sobre la inconstitucionalidad de la norma en el Acuerdo Plenario 05-2023/CIJ-112 y que no existen argumentos jurídicos nuevos que modifiquen esta conclusión.
La sentencia fue firmada por los jueces supremos César San Martín, María del Carmen Altabás, Iván Sequeiros, Norma Carbajal y Saúl Peña, quienes recordaron que el Poder Judicial tiene la facultad de realizar control constitucional, según el artículo 138 de la Constitución.