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Declaran nulo auto de enjuiciamiento contra Keiko Fujimori por caso “Cócteles”

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Keiko Fujimori

El Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria, declaró nulo el auto de enjuiciamiento contra Keiko Fujimori y otros por la presunta comisión del delito de lavado de activos en agravio del Estado, en el marco del caso “Cócteles”.

Como resultado, el juzgado, presidido por el juez Wilson Verástegui Gálvez, dispuso que el proceso retorne a la etapa intermedia (control de acusaciones). Este fallo se tomó en cumplimiento de una resolución del Tribunal Constitucional.

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El documento en la parte resolutiva señala: “PRIMERO: DECLARAR NULO DE OFICIO el auto de enjuiciamiento contenido en la resolución N° 110 de fecha 30 de noviembre de 2023, en todo sus extremos, seguido contra los investigados Keiko Sofia Fujimori (siguen nombres incluidos MVV Bienes Raíces S.A.C y Fuerza Popular) por el presunto delito de Lavados de Activos y otros en agravio del estado.

SEGUNDO: DECLARAR NULO DE OFICIO el requerimiento acusatorio formulado por el Ministerio Público de fecha 11 de marzo de 2021 (requerimiento integratorio de fecha 28 de setiembre de 2021) en la
investigación seguida contra Keiko Sofia Fujimori Higuchi y otros por la presunta comisión del delito de Lavados de activos y otros en agravio del estado.

TERCERO: RETRAER el presente proceso a la fase de etapa intermedia, y continúese el tramite una vez que el Ministerio Público formule nueva acusación en la investigación seguida contra Keiko Sofia Fujimori
Higuchi y otros por la presunta comisión del delito de Lavados de activos y otros en agravio del estado.
CUARTO: EXHORTAR al representante del Ministerio Público, observar de manera escrupulosa lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en la sentencia No 327/2024 emitida el 21 de noviembre del 2024, a fin de evitar nulidades posteriores.

QUINTO: DECLARAR LA SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA en el Proceso de Amparo – Expediente N° 163-2024-Lima, emitido por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema que resolvió entre otros puntos, se emita nuevo pronunciamiento respecto al sobreseimiento formulado por el investigado José Ricardo Martin Briceño Villena, por carecer de objeto emitir pronunciamiento. Dejando a salvo el derecho del recurrente, de formular nueva solicitud de sobreseimiento, cuando lo estime pertinente, contra la disposición que emita el Ministerio Público.