La decisión de la Comisión de Protección al Consumidor 2 de Indecopi de sancionar y ordenar a las dos mayores cadenas de cines que permitan el ingreso de los consumidores con sus propios alimentos y/o bebidas a sus salas de cine debió empezar a regir para Cinemark y Cineplanet a partir del 5 de marzo. Sin embargo, dicha orden ha sido suspendida.
El Comercio tuvo acceso a una resolución del Indecopi mediante la cual los efectos de su fallo en segunda instancia han sido postergados para Cineplanet hasta que se atiende el pedido de aclaración que la empresa presentó la semana pasada.
La cadena de cines pidió la semana pasada al tribunal de Indecopi precisar qué serían «productos de similares características» para informar a sus colaboradores y consumidores; y postergar la aplicación del fallo durante 30 días.
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La Sala Especializada aceptó el pedido pues consideró que no acceder al pedido de aclaración podría resultar en perjuicios económicos y/o reputacionales para al empresa «ante la posible insatisfacción de algunos consumidores que podrían percibir que de parte de Cineplex existe una renunecia a cumplir con el mandato de Indecopi«.
Por su parte, Cineplanet alertó a sus clientes mediante un comunicado de que no permitirán el ingreso de alimentos hasta recibir la respuesta del Indecopi.
En cuanto a Cinemark, esta empresa habría realizado un pedido similar. Y según comunicado del Indecopi este habría sido admitido.
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«La suspensión rige desde la fecha en que las empresas presentaron sus pedidos de aclaración y concluirá cuando sean notificadas con la resolución que la Sala emitirá a la brevedad sobre dicha aclaración», aclaró la entidad.
Sin embargo, según pudo comprobar El Comercio, desde ayer ya se permitía el ingreso a algunas salas de cine de Cinemark con alimentos comprados por fuera de sus instalaciones. La empresa no se ha pronunciado.
Fuente: El Comercio