Lo congresistas están facultados para participar en actividades proselitistas propias de una campaña electoral o realizar propaganda política en un proceso de elección de autoridades, siempre que no empleen recursos públicos y no interfieran en sus funciones legislativas, según un informe aprobado por la Comisión de Constitución.
Redacción
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Dicho informe corresponde a la opinión consultiva de la Comisión de Constitución emitida a pedido del presidente del Congreso, Luis Galarreta.
Galarreta solicitó el informe tras conocer las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales de Lima Centro y Trujillo sobre una vulneración del principio de neutralidad cometido presuntamente por los legisladores Alejandra Aramayo (FP), Richard Acuña (APP) y Yonhy Lescano (AP).
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Según dio a conocer el Congreso, el informe de la Comisión de Constitución señala que los órganos encargados de tramitar las presuntas infracciones a la neutralidad de las autoridades estatales en procesos electorales, deben ponderar dicho principio con las libertades de expresión e información.
También deben considerar, añade, el derecho a la participación política de los legisladores, mas aun en los casos en los cuales son afiliados o autoridades de una organización política.
Deberá evaluarse si el hecho imputado ocasionó un menoscabo o incumplimiento de las funciones propias o inherentes al cargo de congresista, según el informe.
Fuente: Andina