El Congreso ha aprobado el dictamen de ley que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor para ampliar la prohibición de las comunicaciones no requeridas con fines comerciales, conocidas como ‘spam’.
Esta nueva norma establece que los consumidores tienen derecho a la protección contra métodos comerciales agresivos. Esto significa que los proveedores no pueden emplear prácticas que ignoren la libertad de elección del consumidor mediante acoso o influencia indebida.
La ley prohíbe explícitamente las prácticas comerciales a través de call centers, sistemas de llamadas telefónicas, envío de mensajes de texto a celular o mensajes electrónicos masivos para promover servicios y/o productos.
Excepciones y Consentimiento
La única excepción permitida para el envío de comunicación comercial o publicitaria es cuando el consumidor ha dado su consentimiento al proveedor para ser contactado mediante un número telefónico o dirección electrónica específica. Este consentimiento puede ser revocado en cualquier momento con efecto inmediato y sin necesidad de justificación, conforme a la ley que rige la protección de los datos personales.
«La vulneración a esta prohibición o a su revocatoria es considerada infracción muy grave», indica la norma.
Declaraciones Oficiales
El presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, Wilson Soto, destacó que esta iniciativa fue exonerada del trámite de segunda votación. Soto señaló que esta medida se adoptó «frente a la impunidad de las llamadas» no solicitadas, que «cada día mortifican la tranquilidad de los usuarios».
Esta ley busca proteger a los consumidores de prácticas comerciales invasivas y garantizar su derecho a la privacidad y la libertad de elección.