El Pleno del Congreso aprobó con 89 votos a favor, 15 en contra y dos abstenciones, la ley que impacta de manera significativa los procesos especiales de colaboración eficaz. Esta decisión se tomó por insistencia el pasado jueves 14 de diciembre, exonerando a la normativa de una segunda votación y permitiendo su pronta promulgación.
A pesar de que el Ejecutivo había observado la autógrafa meses atrás, la votación en insistencia otorgó al Congreso la facultad para su promulgación, despejando así el camino para la implementación de la ley.
La presidenta de la Comisión de Justicia, Janet Rivas (Perú Libre), respaldó la aprobación argumentando que las observaciones previas no eran atendibles. Rivas justificó la medida, asegurando que el proyecto busca fortalecer los mecanismos de colaboración eficaz en el sistema judicial.
Riesgos de la Nueva Ley
La ley aprobada modifica los artículos 473, 476-A y 481-A del Nuevo Código Procesal Penal, específicamente en lo que respecta al proceso especial de la colaboración eficaz. La norma establece un plazo máximo de 8 meses desde la solicitud hasta la celebración del acuerdo de beneficios y colaboración eficaz.
Expertos advierten que la limitación temporal podría afectar la eficacia de la colaboración, ya que casos complejos requieren tiempos variables para su resolución. El fiscal podrá prorrogar este plazo hasta cuatro meses (ocho en casos de crimen organizado), siempre que existan causas justificadas.
Reacciones del Ejecutivo y Advertencias
El Ejecutivo considera que el plazo estipulado es insuficiente y representa un obstáculo para el trámite adecuado de casos complejos. El suspendido fiscal Rafael Vela expresó su rechazo al dictamen y advirtió que esta medida afectaría investigaciones sensibles, como el caso Odebrecht y otros relacionados con la criminalidad organizada.
Vela argumentó que se estaría rompiendo un esquema de legalidad que ha sido crucial para el acceso a pruebas en investigaciones previas.
Cambios en el Proceso de Colaboración Eficaz
La nueva ley establece que la presencia del abogado del aspirante a colaborador eficaz será obligatoria en todas las entrevistas con el representante del Ministerio Público. La declaración del aspirante será recibida por el fiscal en presencia de su abogado, registrándose en un acta y medio audiovisual que se conservará hasta su remisión al juez junto con los demás actuados.
El aspirante deberá proporcionar toda la información relevante desde el inicio, y la falsedad en la información afectará la viabilidad del acuerdo. En caso de revocación del acuerdo, el procesamiento del imputado continuará bajo las reglas del proceso penal.
Debate Parlamentario
Durante el debate parlamentario, Ruth Luque y Susel Paredes (Cambio Democrático) manifestaron su rechazo al plazo fijo para la corroboración de la información por parte del colaborador eficaz. Por su parte, Óscar Zea (Bloque Magisterial) alegó que los procesos no pueden extenderse hasta ocho o diez años sin concluir un proceso de colaboración. El congresista Héctor Valer (Somos Perú) hizo un llamado a la honra de las personas que podrían ser sindicadas por el colaborador eficaz.