El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Sullana y el Departamento de Medio Ambiente Piura de la Policía Nacional del Perú, intervinieron una vivienda en la ciudad de Sullana, donde se almacenaba más de tonelada y media de carbón de algarrobo de procedencia ilegal.
El operativo conjunto, contó con el apoyo de efectivos de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía, y se ejecutó en la casa de la calle El Carmen, sin número, de la urbanización Santa Rosa en la provincia de Sullana. Las autoridades llegaron hasta aquí, con la autorización del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria en Delitos Ambientales de la Corte Superior de Justicia de Sullana para allanar el inmueble.
En el interior del inmueble se constató el almacenamiento de 1,640 kilogramos de carbón vegetal de la especie forestal algarrobo, contenido en 41 sacos de polietileno.
|LEER MÁS>>> Serfor rescata monos y aves de parque acuático Aqualandia
Los ocupantes no mostraron la autorización del Serfor que acredite la tenencia legal del recurso forestal. Por ello, el personal especializado de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, procedió al decomiso del producto forestal e iniciar el proceso administrativo sancionador; de acuerdo a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.
El Reglamento para la Gestión Forestal de la Ley N° 29763 establece como infracción “Muy grave” la adquisición, transformación, comercialización o posesión de productos forestales, extraídos sin autorización. La sanción es el pago de una económica.
El responsable de la ATFFS Piura, Juan Otivo Meza, dio a conocer que según la información preliminar, el carbón vegetal decomisado procedería del Sector Chilaco, para abastecer los restaurantes locales y que está valorizado en S/ 2,460.
Del mismo modo, reiteró que la normativa forestal permite el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como el establecimiento de lugares de acopio, depósitos y centros de comercialización de productos en estado natural (leña) o con transformación primaria (carbón vegetal). Para lo cual, deben cumplir con los requisitos que establece la Ley N° 29763, y así obtener su autorización.
Cabe recordar que, la especie forestal de algarrobo (Prosopis pallida), está categorizado como “Vulnerable”, según el Decreto Supremo N° 043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre.