Hoy fue oficializado, en el diario El Peruano, la ley que declara feriado el 7 de junio de cada año a fin de conmemorar el Día de la Batalla de Arica y Día de la Bandera del Perú. Esta iniciativa fue aprobada por insistencia en la sesión del Pleno del Congreso pese a ser observada por el Poder Ejecutivo.
“El feriado nacional no laborable y remunerado establecido en la presente ley comprende a todas las instituciones y entidades públicas del país, sin perjuicio del régimen laboral respectivo. La ceremonia de renovación del juramento de fidelidad a la bandera del Perú se realiza de manera obligatoria en todas las entidades de la administración estatal. El Ministerio de Defensa, a través del Ejército del Perú, establece el protocolo y la fórmula ceremonial”, se indica en la resolución.
Asimismo, se indica que se modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 713, Decreto Legislativo que consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.Por ello, desde ahora serán declarados feriados los siguientes días:
– Año Nuevo (1 de enero)
– Jueves Santo y Viernes Santo (movibles
— Día del Trabajo (1 de mayo)
– Batalla de Arica y Día de la Bandera (7 de junio)
– San Pedro y San Pablo (29 de junio)
– Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
– Batalla de Junín (6 de agosto)
– Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
– Combate de Angamos (8 de octubre)
– Todos los Santos (1 de noviembre)
– Inmaculada Concepción (8 de diciembre)
– Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)
– Navidad del Señor (25 de diciembre)”.
La norma señala que el Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de treinta días calendario contados desde la vigencia de la presente ley, adecúa el Reglamento del Decreto Legislativo 713, aprobado por el Decreto Supremo 012-92-TR.