El Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual de Indecopi confirmó una resolución de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia de la entidad, que impone una sanción a la compañía San Fernando de 454,2 UIT por no cumplir con el correcto etiquetado de ocho productos alimenticios que comercializa en el mercado nacional.
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Considerando el monto de la UIT vigente, la multa que deberá pagar la empresa asciende a S/1’907.640.
San Fernando presentó en octubre del 2018 —fecha en la que salió la resolución de la Comisión en primera instancia— un recurso de apelación para que esta decisión sea revisada por la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi. El Tribunal, finalmente, le dio la razón a la Comisión.
El 24 de octubre del 2018, San Fernando comunicó que inició y concluyó «de manera voluntaria» la regularización del etiquetado de los productos observados por Indecopi tras las consideraciones de la entidad. La empresa agregó que los ocho productos en cuestión ya no se encuentran en mercado en el estado que fueron observados.
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La compañía explicó con anterioridad que el procedimiento se refería «a que algunos de los textos no se encontraban en la parte delantera del empaque [de los productos], estando en el lado reverso, y otros cuya etiqueta no era correcta».
De acuerdo al Tribunal, se halló responsable a la compañía de haber cometido una infracción del artículo 10° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al haber quedado acreditado que no cumplió con señalar el nombre completo de los productos en la cara de visualización principal de sus empaques.
La Comisión de Indecopi comprobó en octubre del año pasado que cuatro productos investigados (‘hamburguesa casera de pollo’, ‘paté de pollo’, ‘jamonada de pollo’ y ‘apanado de pollo’) contaban con etiquetas cuya denominación no reflejaba su verdadera naturaleza; es decir, su etiqueta indicaba que eran a base de pollo, pero entre sus ingredientes también figuraban la carne y grasa de cerdo, piel de pollo y carne de pavo.
Por estos cuatros productos se le aplicó la multa máxima que permite el Código de Protección y Defensa del Consumidor, de 450 UIT (S/1’890.000).