Por mayoría, el pleno del Jurado Electoral Especial de Morropón declaró fundado en parte la tacha presentada por un ciudadano contra el actual alcalde del distrito de San Juan de Bigote y candidato a la alcaldía de Canchaque, Aldo Erick Alvarez Ocaña, debido a que la ley no le permite reelegirse. Esta decisión genera un precedente.
Redacción
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El ciudadano Luis Francisco Lizana Tocto formuló tacha contra el candidato del partido Democracia Directa. «La Ley N° 30305 señala que no hay reelección inmediata para los alcaldes, sin embargo el candidato al cargo de alcalde del distrito de Canchaque, Aldo Erick Alvarez Ocaña es el actual alcalde distrital de San Juan Bigote, en ese sentido al haber admitido su inscripción se estaría permitiendo su reelección al mismo cargo de alcalde distrital, pretendiendo reelegirse aprovechando la jurisdicción territorial distinta y teniendo en cuenta que la norma constitucional infringida no hace distingo de jurisdicciones territoriales, por tanto dicho señor está impedido de postular al cargo de alcalde», señala como argumento.
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De acuerdo a la Resolución N° 00215-2018-JEE-MORR/JNE, los miembros del Jurado consideran que «la reelección debe ser entendida hacia el propio candidato, independientemente de la circunscripción o distrito electoral al cual postule, dado que una de las implicancias de la reelección inmediata es que las personas se perpetúen en el cargo y esto puede degenerar en corrupción, yendo en desmedro de los intereses de la población, razones por las cuales se estaría contraviniendo lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución, por lo que debe declararse fundada la tacha en este extremo».
No obstante, David Correa Castro, integrante del JEE, votó en contra de la decisión. Según su criterio, la prohibición no es aplicable para los casos que un ciudadano que ostenta actualmente el cargo de alcalde de un concejo distrital determinado postule a un distrito electoral
diferente en el que ejerce autoridad.
Pese a ello, por los votos de la mayoría se ha dispuesto la exclusión de Álvarez Ocaña. En ese sentido, el candidato alcalde deberá apelar a la resolución y el pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en Lima, tendrá la última palabra.
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