Ayer el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó el Estatuto de la Sala Penal Nacional, con lo cual este subsistema fue elevado a la categoría de Corte Superior de Justicia.
Además, se definieron sus atribuciones con claridad para ver casos de terrorismo, violación de derechos humanos, asesinato y agresiones a periodistas y crimen organizado, excepto los vinculados a delitos contra la administración pública.
Igualmente, se dispuso que todas sus plazas sean ocupadas por jueces titulares que serán nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) en el menor plazo posible.
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La Sala Penal Nacional ya no será dirigida por un coordinador sino por un presidente elegido democráticamente por sus mismos magistrados. Sus jueces serán titulares nombrados por el CNM, ya no seleccionados y cambiados a dedo y voluntad de los integrantes del CEPJ.
El nuevo estatuto generará en lo inmediato que la Sala Penal Nacional ya no vea ninguno de los casos vinculados a Odebrecht. En las siguientes horas, estos casos pasarán obligatoriamente al Sistema Nacional Anticorrupción, que encabeza la jueza Susana Castañeda Otsu, creado mediante el Decreto Legislativo Nº 1342, del 7 de enero del 2017.
De los actuales jueces de la Sala Penal Nacional regresarán a sus plazas de origen, entre ellos Richard Concepción Carhuancho. El juez que se ganó la confianza de la ciudadanía por sus resoluciones de prisión preventiva o el allanamiento de los locales de Fuerza Popular regresará a trabajar a la Corte del Santa.
El Poder Judicial ya notificó al CNM que hay 14 plazas vacantes de jueces superiores y 15 de jueces especializados y que debe proceder a realizar los nombramientos. Lo que podría ocurrir en abril.
Lo que sí sucederá de inmediato es el cambio de los expedientes: los casos del ex presidente Alejandro Toledo, Ollanta Humala-Nadine Heredia, Alan García, Keiko Fujimori y todo lo referido a la Interoceánica Sur pasarán al Sistema Anticorrupción.
Así lo establece la sexta disposición complementaria final de la resolución administrativa Nº 325-2017-CE-PJ: “Las causas radicadas en la Sala Penal Nacional, con anterioridad a la entrada en vigor del presente estatuto y que ya no cumplan con los presupuestos materiales fijados en esta disposición, continuarán tramitándose en dicho órgano jurisdiccional hasta su culminación, excepto los procesos cuya competencia corresponde al Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios”.
Fuente: Correo