Este sábado 15 de diciembre vence el plazo para el depósito de las gratificaciones y, según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, alrededor de cinco millones de peruanos recibirán este dinero extra.
Redacción
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El beneficio social se otorga a todos los colaboradores sujetos al régimen laboral de la actividad privada (TUO del Decreto Legislativo 728), así como a aquellos que trabajan en empresas particulares como en entidades del Estado sujetas a la norma.
Sin embargo, no solo basta que un colaborador cumpla con lo mencionado anteriormente para que se beneficie de la gratificación; dependerá también del tiempo que labora en el periodo computable que, en el caso de las gratificaciones por Navidad, es de julio a diciembre.
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Es así que, quien ha desempeñado su labor durante todo un semestre, según corresponda, recibirá una remuneración íntegra por concepto de gratificaciones; mientras que, cuando su período de servicios sea menor, el monto se reducirá proporcionalmente.
Pero, ¿en qué casos no corresponde recibirla? Según la gerenta legal de BDO, Carina Dávila, existen algunos casos puntuales en los que un trabajador no puede acceder a la ‘grati’.
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“En el Perú existen supuestos que no contemplan el pago de gratificaciones, como sucede con aquellos que prestan servicios independientes y los que iniciaron un vínculo laboral posterior al 1 de diciembre (…) Asimismo, las microempresas no están obligadas a entregar gratificaciones a sus colaboradores”, explicó a la agencia Andina.
Agregó además que esta limitación se encuentra dispuesta expresamente por la normativa que regula el régimen laboral especial de las mypes; debiendo considerarse microempresa a aquellas empresas con ventas anuales de hasta 150 UIT (la UIT vigente para el 2018 asciende a 4,150 soles) e inscritas en la Remype como tales.
¿Los practicantes reciben gratificación?
Ellos no reciben este beneficio. Muchos confunden la subvención adicional que se da cada 6 meses a los practicantes como una gratificación, pero no lo es. El aguinaldo que ellos reciben es de media subvención económica mensual.
¿Cómo se calcula la gratificación?
La gratificación por Navidad equivale a una remuneración íntegra si es que el trabajador ha laborado en la empresa todo el semestre, es decir 6 meses.
¿Qué pasa si has laborado en la empresa un tiempo menor? Si has trabajado menos de 6 meses recibirás un porcentaje de tu sueldo dependiendo de cuando ingresaste a trabajar.
¿Se aplican descuentos a la gratificación?
Las gratificaciones no tienen descuentos, por ello no se le restará los aportes a las AFP o SNP, EsSalud, entre otros, como normalmente se hace mes a mes.
Asimismo, se da un bono extraordinario que equivale a 9% si se estás afiliado a EsSalud o de 6.5% si se estás en una EPS.
No obstante, la gratificación sí está sujeta al pago del Impuesto a la Renta, si el sueldo mensual del empleado supera los S/1,975.
¿Qué hacer con mi gratificación?
Este dinero extra definitivamente te dará liquidez antes de Navidad, sin embargo lo mejor que puedes hacer con este dinero es lo siguiente:
Pagar deudas: Aprovecha para hacer un balance de tus deudas generales y analiza si este dinero extra aliviará los compromisos de pago que tienes. Antes de gastar este dinero, siempre es mejor disminuir las deudas, ya sea dentro del sistema financiero o con personas naturales.
No lo gastes todo en regalos: Si bien la fecha hace que pienses en gastar tu gratificación en regalos para la familia y/o amigos, trata que solo sea un porcentaje y no de forma completa.
Fuente: Andina