Los mercados de Santa Rosa y San José tienen plazo hasta mañana para implementar el tratamiento de sus aguas residuales antes de descargarlas a la red pública del sistema de alcantarillado. Así lo advirtió la EPS Grau.
Según informó el jefe encargado del equipo funcional de procesos de fiscalización de Valores Máximos Admisibles (VMA) de la EPS Grau, Amet Medina Mejía, hasta este fin de mes se les otorgó plazo a los mercados de Santa Rosa y San José, por lo que, de no cumplirlo, se procederá a clausurarles la red de desagüe. De no cumplir con esta exigencia, se procederá a la clausura o cierre de su conexión de desagüe.
Medina Mejía dio a conocer que el mercado de San Martín tiene hasta el 17 de febrero para hacer lo propio y les recordó que fueron los mismos comerciantes de estos espacios comerciales quienes firmaron un acta de compromiso, luego que en noviembre del 2017 se les clausurara su red de desagüe por primera vez.
Amet Medina explicó que esta exigencia está amparada en normativas del sector cuyo objetivo es proteger y dar sostenibilidad a la infraestructura sanitaria, para lo cual se controlan que el vertimiento de aguas residuales no excedan los niveles de los denominados Valores Máximos Admisibles (VMA); es decir la cantidad y calidad de estas aguas residuales.
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Entre las principales adecuaciones que deben evidenciar estos mercados está el implementar cajas de sedimentación para detener sólidos, trampas de grasa, mallas, rejillas, limpieza de todo el sistema de alcantarillado y capacitación a su personal.
“Si no se cuenta con este pretratamiento, la descarga de estos residuos orgánicos y grasas, carcomen las estructuras de concreto del sistema de alcantarillado y reducen el diámetro de la tubería, lo cual termina en el colapso de los colectores y la contaminación por la presencia de aguas servidas en las vías públicas.”, aseveró Medina Mejía.
De acuerdo a las intervenciones y análisis del equipo de VMA son los negocios de procesamiento y venta de carnes y comidas los que generan más cargas orgánicas e inorgánicas, pues todo ello se desprende del lavado del pescado, cortado de carne y la sanguaza.
El ingeniero de la EPS Grau comentó que los VMA están normados por el Decreto Supremo Nº 021-2009-VIVIENDA y es un estándar de calidad que debe cumplirse, considerando que los Usuarios No Domésticos (UND) generan aguas residuales y al arrojarlas al alcantarillado, el sistema se deteriora al recibir descargas ácidas y cargas elevadas de aceite y grasas.
En caso de exceder los VMA se le impondrá al cliente una multa de acuerdo a los parámetros establecidos y se le cerrará su conexión de alcantarillado hasta presentar nuevo análisis, expedido por un laboratorio certificado, y evidencias de la adecuación de su local con rejillas o trampas de sólidos.