La Contraloría General identificó responsabilidad administrativa y penal en tres funcionarios de la Municipalidad Distrital de Castilla por no admitir las ofertas de cuatro postores al invocar un supuesto incumplimiento de requisitos no previstos en las bases, con lo cual se favoreció a un consorcio que presentó la oferta económica más alta por más de S/ 445 mil para la reparación del canal de drenaje en cinco sectores de la ciudad de Castilla.
Como parte de las intervenciones del Megaoperativo de control en la región Piura, se emitió y publicó el Informe de Control Específico N° 13236-2021-CG/GRPI-SCE, el mismo que fue notificado al alcalde distrital para que evalúe las recomendaciones formuladas, como disponer el deslinde de responsabilidad administrativa de los funcionarios involucrados de las áreas de Infraestructura y Logística. También se ha puesto de conocimiento al Procurador Público de la Contraloría para las acciones penales correspondientes.
De la evaluación realizada al procedimiento de contratación pública especial para la reparación del drenaje pluvial en los asentamientos humanos Campo Polo, Chiclayito, Juan Pablo II, Gonzáles Prada y urbanización San Bernardo, se determinó que la Subgerencia de Infraestructura de la entidad y el comité de selección modificaron de oficio los requerimientos del ingeniero residente de obra que fueron establecidos en las bases sin haber sido materia de consulta u observación por parte de los participantes ni por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).
Según el informe, se establecía como requisito que el residente de obra también podía ser ingeniero agrícola y no solo civil, delimitó el tipo de experiencia considerando solo a obras similares e incrementó la experiencia de cuatro a cinco años. El periodo del servicio de control se efectuó entre el 1 de abril al 28 de junio de 2019.
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La oferta más alta
Seguidamente, el comité de selección no admitió cuatro de las cinco ofertas presentadas por los postores, debido a que supuestamente no cumplieron con la presentación de documentos no previstos como requisitos obligatorios para la admisibilidad de la oferta, ni precisados en ningún anexo o formato de las bases integradas, como certificado de impacto ambiental y una declaración jurada de conocimiento de los alcances del expediente técnico de la obra.
De esta manera, los miembros del comité dejaron de lado cuatro ofertas que tenían el 90% del valor referencial y eligieron la más alta por S/ 4 490 000, equivalente al 99.92%. Con esta decisión, se le generó mayores costos a la entidad al no obtener la oferta más ventajosa, por ello se afectó la competencia efectiva que debe regir toda contratación pública y los principios de eficacia y eficiencia.
Finalmente, el consorcio ganador no cumplió con acreditar la experiencia del residente de obra propuesto ni el equipamiento mínimo para la suscripción del contrato.