La Contraloría General determinó que la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento (EPS) Grau no utilizó la totalidad de los camiones cisternas de su propiedad para distribuir agua potable a los distritos de Piura, Castilla y Veintiséis de Octubre, sin justificación alguna, a pesar del desabastecimiento existente durante el último periodo lluvioso, con lo cual incumplió su objetivo misional de brindar este servicio básico a la población. En estas localidades se debe abastecer a 102 mil usuarios aproximadamente.
De acuerdo con el Informe de Acción de Oficio Posterior N°010-2023-2-3470, ante el requerimiento del Órgano de Control Institucional (OCI) de la EPS Grau, el gerente de Operaciones y Mantenimiento informó que son cuatro las cisternas asignadas para el despacho de agua potable en la ciudad durante el 12 de marzo al 11 de abril de 2023, cuando se venían presentando continuas restricciones del servicio como consecuencia de las intensas precipitaciones. Además, incluyó los registros de control de despacho de agua potable vía cisterna.
El equipo de auditores concluye que existió 15 días de inoperatividad de los vehículos cisternas por mantenimientos, así también, se evidenció que estas unidades asignadas al abastecimiento de Piura no realizaron labores de entrega de agua durante 24 días dentro de dicho periodo.
Agudizó el desabastecimiento
Según el informe, la ciudad de Piura atravesó por problemas de saneamiento, pero principalmente fue el desabastecimiento de agua, por lo cual era necesaria la utilización de las cisternas de la entidad para la distribución del servicio de la población afectada.
No obstante, los problemas presentados y aun cuando existieron protestas ciudadanas y reuniones con autoridades de la EPS Grau, la entidad no utilizó la totalidad de las cisternas de su propiedad para hacer frente, con lo cual se agudizó el problema de desabastecimiento de agua potable en la ciudad de Piura.
El OCI recomendó al Gerente General de la empresa de agua a adoptar las acciones que correspondan, en el marco de sus competencias, a fin de superar los hechos irregulares evidenciados como resultado de la Acción de Oficio Posterior.
En un plazo máximo de 20 días hábiles, luego de notificado el informe, la entidad deberá remitir el plan de acción correspondiente, con la finalidad de evitar estas situaciones, más aún ante un eventual fenómeno de El Niño Global.