La Sunat (Superintendencia Nacional de Administración Tributaria) informó que se encuentra vigente una opción para los contribuyentes que por diferentes motivos no han cumplido con declarar sus rentas.
Se trata del «Régimen Excepcional del Impuesto a la Renta para promover la Formalización de la Economía y Ampliación de la Base Tributaria Respecto a las Rentas no Declaradas«.
Según explicó Percy Zapata Paulini, intendente de la Sunat, a este beneficio solamente se podrán acoger personas naturales domiciliadas en el Perú, y que tengan rentas no declaradas hasta el 31 de diciembre del año 2022.
Dijo que estos contribuyentes tendrán el beneficio de la no aplicación de multas, y de intereses moratorios; es decir, pagarán una tasa muy reducida, pero deberán hacerlo hasta el domingo 29 de diciembre en que vence el plazo.
«La tasa normal es del 20 al 30%, pero acá solamente van a pagar, en el caso de la tasa general el 10% de los ingresos, y el 7% para quienes tienen rentas en el exterior y las traigan al Perú, es decir, procedan a su repatriación», manifestó.
No obstante, hay quienes no pueden acogerse a este beneficio como aquellas personas o servidores públicos que tienen algún proceso judicial u otro tipo de restricciones, «pero toda la información se encuentra en la Sunat».
Reveló que en Piura habrían unas 500 personas que se podrían acoger a este beneficio.
Aquellos que no se acojan a este beneficio, la Sunat intervendrá y aplicará los intereses moratorios, y serán derivados a las centrales de riesgo. «Todo eso se puede evitar si se acogen», acotó.
Reveló también que en general, la mayoría de los contribuyentes de Piura cumplen con sus obligaciones, y que la morosidad alcanza entre el 8 y 10%.
Piura: Régimen excepcional del impuesto a la renta anuncia la Sunat
En Piura son al menos 500 personas las beneficiadas.