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Congreso promulga ley sobre fuero militar para policías y militares

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El presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, promulgó la ley que modifica el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal, estableciendo que los efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) y de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) sean procesados exclusivamente por la justicia militar policial cuando sean investigados por presuntos delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones.

La promulgación se realizó en cumplimiento de las atribuciones constitucionales del Parlamento, luego de que la Presidencia de la República no observara ni promulgara la iniciativa dentro del plazo de 15 días establecido por la legislación vigente. Con esta medida, se oficializan cambios en la competencia para el juzgamiento de los miembros de las fuerzas del orden.

Ley prohíbe doble juzgamiento por los mismos hechos

La norma incorpora una prohibición expresa para que un efectivo policial o militar sea procesado de manera simultánea en la justicia ordinaria y en la jurisdicción militar policial por los mismos hechos y respecto de los mismos sujetos. De esta forma, se busca garantizar la aplicación del principio jurídico “ne bis in idem”, que impide que una persona sea juzgada dos veces por un mismo hecho.

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Asimismo, la ley dispone que, en caso de conflicto de competencias, la Sala Penal de la Corte Suprema deberá otorgar preferencia al fuero militar policial cuando los hechos investigados se hayan producido durante el cumplimiento de funciones o acciones militares.

Cadena perpetua para efectivos vinculados al crimen

La nueva legislación precisa que, para los integrantes de las Fuerzas Armadas, se considerará delito de función todo acto cometido durante acciones militares destinadas al mantenimiento del orden interno o en el marco de un estado de emergencia. En el caso de la Policía Nacional, la disposición alcanza a labores como prevención e investigación del delito, control de identidad, inteligencia y vigilancia de fronteras, entre otras funciones establecidas por ley.

Además, la norma incorpora la pena de cadena perpetua para los efectivos policiales o militares que colaboren con bandas u organizaciones criminales aprovechando el cargo que desempeñan, endureciendo las sanciones contra quienes utilicen su función pública para favorecer actividades ilícitas.