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Con licencia para postular como consejero, Darwin Quinde firma convenio y se reúne con Keiko

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¿Usurpó funciones? El exalcalde provincial de Ayabaca, Darwin Quinde Rivera, afronta cuestionamientos por presuntamente haber ejercido funciones municipales durante el periodo de licencia sin goce de haber que le fue concedido para participar en las elecciones regionales y municipales de octubre de 2026 como consejero regional por el partido Podemos y que él mismo firmó. Según el Acuerdo de Concejo N.° 030-2026-MPA/CM, aprobado el 27 de mayo de 2026, Quinde quedó autorizado para ausentarse del cargo entre el 5 de junio y el 4 de octubre de 2026, periodo en el que la representación legal y administrativa de la Municipalidad de Ayabaca recae en el alcalde encargado, Eligardo López López.

Los cuestionamientos surgieron luego de que Darwin Quinde fuera visto participando en una reunión sostenida por alcaldes provinciales de la región Piura con la presidenta electa, Keiko Fujimori, encuentro en el que se abordaron temas relacionados con la problemática de las ocho provincias de la región, así como las medidas de prevención frente al próximo Fenómeno El Niño. En las imágenes difundidas del evento también aparece posando junto a la mandataria electa.

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A ello se suma la difusión del Convenio Específico de Cooperación Institucional N.° 2026000011, suscrito el 2 de julio de 2026 entre la Municipalidad Provincial de Ayabaca y el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri), para la ejecución del diagnóstico de posesiones informales en la provincia. Según el documento, la firma corresponde a Darwin Ivani Quinde Rivera en calidad de alcalde, pese a que, de acuerdo con el acuerdo de concejo vigente, se encontraba con licencia y sin ejercer la representación legal de la comuna.

Especialistas consultados sobre la normativa municipal señalan que, durante una licencia otorgada por el concejo municipal, las funciones y facultades del titular del pliego son asumidas por la autoridad encargada, por lo que cualquier actuación administrativa realizada por quien no ostenta la representación podría ser objeto de revisión por las instancias competentes como la Contraloría, el Jurado Nacional de Elecciones y el Ministerio Público, determinar si existió alguna infracción administrativa o la eventual configuración de responsabilidades penales, entre ellas la presunta usurpación de funciones prevista en el artículo 361 del Código Penal.

Frente a estos hechos, ciudadanos y organizaciones locales han solicitado la intervención de la Contraloría General de la República y del Ministerio Público para que evalúen la legalidad del convenio suscrito con Cofopri, así como de cualquier otro acto administrativo realizado entre el 5 de junio y el 4 de octubre de 2026 que hubiera sido firmado por Darwin Quinde Rivera. Noticias Piura 3.0 intentó conocer la versión del alcalde encragado a través de la Oficina de Imagen de la comuna ayabaquina, pero al cierre de esta nota no hubo respuesta.