El Gobierno envió al Congreso de la República un proyecto de ley que dispone la aprobación de medidas de austeridad del gasto público para el año fiscal 2018 en 10 entidades del Estado.
Redacción
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Según la iniciativa legislativa, las medidas se aplicarán en las siguientes entidades:
1. Congreso de la República
2. Contraloría General de la República
3. Ministerio Público
4. Poder Judicial
5. Consejo Nacional de la Magistratura (CNM)
6. Defensoría del Pueblo
7. Tribunal Constitucional
8. Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
9. Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec)
10. Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
El proyecto de ley menciona que dichas entidades del Estado deberán aprobar mediante una resolución, y dentro de 10 días hábiles a partir de la vigencia de la ley, una serie de disposiciones de austeridad del gasto público en las materias establecidas en el Decreto de Urgencia N° 005-2018.
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El documento incluye también las medidas del DU 005-2018 que el Gobierno emitió la semana pasada.
Dichas medidas de austeridad deben formar parte de las siguientes materias:
• Seminarios, tallares, promoción e imagen institucional.
• Gasto por libros, diarios, revistas y otros impresos.
• Comisión de servicios.
• Atenciones y celebraciones oficiales.
• Publicidad y difusión.
• Adquisición de vehículos.
• Uso de vehículos.
• Inmuebles de entidades públicas.
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El proyecto establece también que las entidades involucradas deberán informar a la Dirección General de Presupuesto Público y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso sobre las acciones a realizar y el ahorro estimado que se generará.
Esta información deberá entregarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la publicación de sus respectivas medidas de austeridad.
Cabe resaltar que el escrito indica que el objetivo de esta ley es atenuar y modular el crecimiento del gasto corriente sin afectar la prestación de los servicios públicos, y garantizar el cumplimiento de las metas fiscales previstas para el presenta año fiscal.
Fuente: Andina