La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso del Perú aprobó por mayoría un dictamen que propone otorgar un día de descanso remunerado compensable a los ciudadanos que cumplan funciones como personeros durante las jornadas electorales.
La iniciativa, que obtuvo 17 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención, plantea incorporar el artículo 132-A a la Ley Orgánica de Elecciones del Perú, beneficiando tanto a trabajadores del sector público como privado que participen en la supervisión del proceso electoral.
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De acuerdo con el texto aprobado, el descanso se otorgará al día siguiente del acto electoral, aunque podrá ser reprogramado dentro de los 30 días posteriores. Asimismo, las horas no laboradas deberán ser compensadas en ese mismo periodo, previo acuerdo entre empleador y trabajador.
El dictamen precisa que la medida no modifica el desarrollo del proceso electoral, sino que busca reconocer la labor de los personeros en la vigilancia de las etapas de instalación, votación y escrutinio, promoviendo una mayor participación en los centros de votación.
Para acceder a este beneficio, los ciudadanos deberán acreditar su función mediante la presentación de la credencial correspondiente, la cual tendrá carácter de declaración jurada.












