A través del Decreto Supremo 186-2021 PCM, el presidente del Perú, Pedro Castillo, prorrogó el estado de emergencia hasta el 31 de enero de 2022, debido a la crisis ocasionada por la pandemia de la covid-19.
En ese sentido, durante estos días “queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio”.
Asimismo, “el personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, conforme a la normativa vigente”.
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De igual forma, el Decreto Supremo ha dispuesto “la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios el viernes 24 de diciembre de 2021 y el viernes 31 de diciembre de 2021, desde las 23.00 horas hasta las 4.00 horas del día siguiente”.
En tanto, en las fechas mencionadas estarán prohibidas las reuniones y eventos sociales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del Decreto Supremo 184-2020-PCM.
“Además, los días 25, 26 y 31 de diciembre de 2021, y los días 1 y 2 de enero del 2022, queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas, y venta de alimentos en playas, ríos, lagos, lagunas, y piscinas públicas a nivel nacional”.