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Gobierno permitirá reducción de penas a deudores alimentarios

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El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Supremo N.° 010-2026-JUS, una medida excepcional y temporal que permitirá la conmutación de la pena a personas sentenciadas por el delito de omisión de prestación de alimentos. La disposición, impulsada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2028 y será evaluada por la Comisión de Gracias Presidenciales.

La norma establece que los internos podrán acceder a este beneficio siempre que acrediten el pago de al menos el 70 % de la deuda alimenticia fijada en la sentencia condenatoria. Además, deberán encontrarse recluidos en el régimen cerrado ordinario, no registrar más de una condena efectiva y carecer de procesos penales pendientes con mandato de detención vigente.

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De acuerdo con el Ejecutivo, la medida busca incentivar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y garantizar que los beneficiarios de las pensiones reciban recursos económicos para cubrir necesidades básicas como alimentación, vivienda, educación, atención médica y otros derechos fundamentales. Los pagos realizados antes de la entrada en vigencia de la norma también serán considerados válidos para cumplir con el requisito económico.

El procedimiento contempla que los solicitantes acrediten el pago mediante depósitos judiciales, cuya documentación deberá ser presentada ante la Secretaría Técnica correspondiente. Asimismo, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) será responsable de remitir los informes y certificados que respalden la situación legal y penitenciaria de cada interno que solicite acogerse al beneficio.