El 16 de octubre celebramos el Día de la Persona con Discapacidad.
Redacción
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En nuestro país, en 1999, fue promulgada la Ley General de la Persona con Discapacidad, (Ley N° 27050), cuya finalidad es establecer el régimen legal de protección, de atención de salud, trabajo, educación y rehabilitación, seguridad social y prevención, para que la persona con discapacidad alcance su desarrollo e integración social, económica y cultural, tal como se establece en la Constitución Política del Estado.
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Esta norma, en su artículo N.° 2, define a la persona con discapacidad a aquella que tiene una o más deficiencias evidenciadas con la pérdida significativa de alguna o algunas de sus funciones físicas, mentales o sensoriales, que impliquen la disminución o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de formas o márgenes considerados normales, limitándola en el desempeño de un rol, función o ejercicio de actividades y oportunidades para participar equitativamente dentro de la sociedad.
Dentro de la experiencia de la salud, una discapacidad es toda restricción o ausencia (debida a una deficiencia) de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano. Debemos por tanto hablar de personas con discapacidad y nunca de discapacitados.
A menudo suele referirse a la discapacidad como deficiencia o minusvalía. Sin embargo, existe diferencia entre estos términos.
Si hace algunos años, la sociedad creía que una persona con discapacidad no estaba apto para desempeñar diversas actividades, hoy desempeñan funciones con tanta eficiencia que incluso superan a las personas que disfrutan de todas sus facultades.