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JNE absuelve a Rospigliosi y descarta infracción a la neutralidad 2026

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El Pleno del JNE absolvió a Fernando Rospigliosi y descartó responsabilidad por infracción a la neutralidad electoral, al revocar la resolución del JEE Pacasmayo que lo implicaba en el uso indebido de una cámara del Congreso durante un mitin político. El JNE concluyó que Rospigliosi no tenía un deber directo de cautelar el patrimonio estatal.

La decisión declara fundado el recurso de apelación presentado por el presidente del Congreso, quien fue inicialmente señalado por una supuesta conducta omisiva al no evitar que un equipo institucional fuera empleado en una actividad proselitista vinculada a la campaña 2026.

El organismo electoral precisó que, si bien Rospigliosi es la máxima autoridad parlamentaria, sus funciones no incluyen la supervisión directa del uso de bienes del Congreso. Dichas responsabilidades recaen en la Oficialía Mayor, que administra el personal y los recursos materiales de la institución.

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En esa línea, el JNE indicó que no puede atribuírsele una infracción, pues no es su competencia controlar el uso de cada recurso físico del Legislativo. Además, destacó que el funcionario que dispuso indebidamente de la cámara ya no labora en el Parlamento, lo que evidencia una acción institucional frente al hecho.

La resolución también aclaró que la situación de otros involucrados sí se mantiene firme. Jaime Abensur Pinasco y Daniel Luza Amésquita continúan siendo responsables, según lo establecido por el JEE Pacasmayo, al haber tenido competencia directa sobre el material utilizado en el evento político.