El Poder Ejecutivo aprobó un nuevo marco normativo que establece reglas y mecanismos para el uso adecuado de la numeración en llamadas y mensajes de texto, con el objetivo de evitar el anonimato y prevenir comunicaciones ilícitas que afecten a los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones.
La medida se oficializó mediante el Decreto Legislativo N.º 1723, publicado en el diario oficial El Peruano, el cual permite identificar y verificar la autenticidad del número de origen de las comunicaciones, reduciendo las prácticas de enmascaramiento o manipulación del recurso numérico.
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La norma es aplicable a las empresas operadoras de telecomunicaciones y a los agentes vinculados a la trazabilidad de las llamadas y mensajes, entendidos como personas naturales o jurídicas que intervienen en el enrutamiento de las comunicaciones y cuentan con información sobre su recorrido.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) será la entidad encargada de reglamentar la norma, establecer las condiciones y obligaciones para los agentes involucrados, así como supervisar el acceso y monitoreo de los sistemas de gestión, garantizando la inviolabilidad y el secreto de las telecomunicaciones.
Asimismo, el decreto faculta al MTC a fiscalizar y sancionar los incumplimientos con amonestaciones o multas, y modifica la legislación vigente para ampliar la prohibición de comunicaciones SPAM














