El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ordenó hoy a cuatro operadores móviles (Claro, Entel, Movistar y Bitel) suspender temporalmente la venta de planes ilimitados.
«Estas empresas han comercializado estos planes ilimitados sin informar sobre las restricciones y no han informado a los consumidores a través de los canales pertinentes», indicó el Osiptel.
El ente regulador dio a conocer que ya notificó a las 4 empresas operadoras móviles que han presentado una medida cautelar ordenando suspender temporalmente los planes denominados ilimitados hasta que se adecúen al marco legal vigente.
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Osiptel añadió que estas empresas no han brindado información exacta, correcta, veraz y fácilmente accesible a todos los usuarios de los servicios móviles.
Además, estas operadoras no habrían registrado debidamente las características de sus planes ilimitados en la web, y en el Sistema de Información y Registro de Tarifas – SIRT.
Alberto Arequipeño, gerente general de Osiptel, explicó que la suspensión de la comercialización de planes ilimitados seguirá vigente hasta que las operadoras se adecuen al marco legal vigente para que brinden información veraz y adecuada de los planes ilimitados.
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“La medida continuará hasta que brinden información exacta, correcta, veraz y fácilmente accesible para todos los usuarios de los servicios móviles”, dijo.
¿Qué pasará con los usuarios que ya tienen estos planes?
Al respecto, Alberto Arequipeño detalló que la medida seguirá vigente hasta que las empresas cumplan con brindar información necesaria para que los usuarios sepan elegir con conocimiento de las limitaciones.
“La medida cautelar es de inmediato cumplimiento por los cual se le brinda un día hábil a las empresas para que cumpla con lo ordenado y esto significa que deberá suspender (la comercialización de sus planes ilimitados) hasta que nos informen – lo que estará sujeto a fiscalización – que han cumplido con brindar toda la información necesaria para que los usuarios que eventualmente contraten estos planes sepan que están sujetos a ciertas restricciones”, advirtió.
El regulador subrayó que las empresas operadoras tienen un día hábil para implementar esta decisión (suspender la comercialización de sus planes ilimitados) de lo contrario incurren en falta grave y pueden recibir sanciones que van desde 51 UIT (S/ 202,500) hasta 150 UIT (S/ 607,500).
Además, tienen un plazo de 10 días hábiles para adecuarse a la normativa vigente sobre información adecuada a los usuarios, a fin de que Osiptel lo evalúe antes de autorizar su comercialización.
Fuente: Gestión