El pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante Auto 1 de fecha 12 de Julio del 2023, resolvió trasladar al Concejo Provincial de Piura, la solicitud de suspensión contra el alcalde Gabriel Madrid Orue, por una falta grave en uso indebido de cargo.
La causa de sanción impuesta contra el burgomaestre es por faltar el reglamento interno del concejo municipal, previstas, en el numeral 4 del artículo 25 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el uso indebido de su cargo.
El pasado 17 de mayo, Gabriel Madrid cursó un oficio dirigido a la Ministra de Vivienda Construcción y Saneamiento, Hania Pérez de Cúellar. En el mencionado oficio, expresamente le indica lo siguiente: “…hacer de su conocimiento que, en mi calidad de Alcalde Provincial de Piura, brindar mi total respaldo al Ing. Paul Emerson Arrunátegui Sándoval, identificado con DNI N° 02875608, como persona y como Profesional en el cargo que viene desempeñando como Jefe Zonal de Cofopri Piura, el mismo que ha brindado todo su apoyo a esta Municipalidad a través de la Oficina de Asentamientos Humanos, para llegar a la formalización y titulación de diferentes sectores de nuestra ciudad.”
Es decir con este oficio el alcalde utiliza su cargo e intercede políticamente ante un funcionario de rango mayor —la Ministra de Vivienda— y le pide que no retire del cargo a Arrunátegui Sandoval como Jefe Zonal de Cofopri, toda vez que, según él, le viene apoyando en la formalización y la titulación de diferentes sectores de la ciudad.
De acuerdo al reglamente municipal, en el Título III, Artículo 22(f), inciso 20 (Página 24), se considera como Falta Grave y causal de suspensión, lo siguiente: «Hacer uso indebido del cargo, para inducir o presionar a un funcionario o servidor público, a efectuar, retrasar, u omitir realizar algún acto que le reporte cualquier beneficio, provecho, o ventaja, para sí o para un tercero».
Noticias Piura 3.0 consultó sobre el tema al abogado Juan Carlos Álamo, especialista en temas electorales e indicó lo siguiente:
«Ahora el concejo municipal deberá evaluar la intencionalidad que ha tenido el alcalde en realizar un uso indebido de su cargo, ¿Qué tanto interés hay porque un funcionario estatal permanezca en el cargo, acaso otro no puede hacerlo igual?»… Ahora el JNE ha corrido traslado al concejo municipal y deberán cumplir con la sesión para ver si el alcalde es suspendido».