Los pacientes con enfermedades terminales o que hayan visto reducidas sus expectativas de vida por esa causa podrán solicitar la devolución de hasta el 50% de sus aportes al Sistema Privado de Pensiones, de prosperar un proyecto de ley presentado en el Congreso de la República.
El congresista Javier Velásquez Quesquén, plantea modificar el artículo 42-A del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones.
Según la propuesta, una comisión médica evaluadora de una Entidad Prestadora de Salud (EPS), de EsSalud o del Ministerio de Salud, a elección del afiliado, deberá acreditar la dolencia de la persona que desee acogerse a este beneficio. Con ello se busca simplificar este procedimiento.
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La jubilación anticipada o la devolución del 50% de los aportes procederá aunque el afiliado no reúna los requisitos señalados en el artículo 42 de la citada ley y siempre y cuando no pueda acceder a una pensión de invalidez.
Asimismo, el afiliado podrá solicitar la devolución del 50% de los aportes más su rentabilidad.
En su fundamentación, el texto de la propuesta normativa señala que el objetivo es permitirles a las personas que padezcan una enfermedad terminal, como cáncer, por ejemplo, llevar una vida digna; así como brindar protección a las personas afectadas por una dolencia, por ser un sector vulnerable de la población.
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Los fondos de estas personas invertidos por las administradoras de pensiones (AFP) permitirían que este sector de la población garantice su calidad de vida, pese a la enfermedad.
En ese sentido, la proposición se basa en el artículo 1 de la Constitución Política, según el cual el fin supremo del Estado es la persona humana, su dignidad.
Fuente: Andina