Tras la muerte de Alberto Fujimori muchas preguntas y dudas se tejen sobre su situación civil y judicial, y es que el exmandatario aún tenía que responder ante la Justicia por otros delitos y acusaciones, además del pago de la reparación civil de 57 millones de soles al Estado Peruano. Según lo explicó la abogada y especialista penalista Mariana Justo en un medio de alcance nacional, esta deuda es incobrable.
“La reparación civil que el Poder Judicial impuso al expresidente Alberto Fujimori por los delitos por los cuales se le sentenció, sería incobrable tras su fallecimiento. Según el artículo 96 del Código Penal, el cumplimiento de esta obligación solo alcanza a los bienes que el sentenciado fallecido haya legado como herencia”, explicó la letrada.
La abogada recordó, que ya la Procuraduría señaló que Alberto Fujimori no tiene bienes a su nombre consignados en los Registros Públicos. En ese sentido, al no existir sucesión intestada y al no conocerse de cuentas bancarias a su nombre, la reparación civil adeudada “sería incobrable”.
“Los hijos no pueden asumir con su patrimonio personal las deudas del expresidente”.
Justo consideró que situaciones como esta deben llevar a una reflexión respecto a la necesidad de ampliar el panorama para posibilitar el cobro de las reparaciones civiles. “Se deberían buscar otros medios para la cobranza, porque finalmente es dinero de todos los peruanos”, manifestó.
Asimismo, la penalista recordó que la norma vigente indica que la muerte del imputado hace que se extingan las causas penales en su contra. En tal sentido “el Caso Pativilca tendría que cerrarse, así como la extradición que tenía pendiente” Alberto Fujimori por casos distintos a aquellos por los que se le trajo desde Chile. “La acción penal termina con la muerte del imputado”, recordó. “La responsabilidad penal es personalísima; la civil sí puede ser transmitida”, resumió.