El funcionario Alejandro Muñante (Renovación Popular) utilizó inteligencia artificial en la creación de un proyecto ley destinado a desestabilizar el Ministerio Público, al sugerir declarar a esta institución en “reorganización y emergencia” durante 12 meses y retirar de sus cargos a la fiscal nacional, Delia Espinoza, así como a los fiscales supremos Zoraida Ávalos, Juan Carlos Villena, Pablo Sánchez y Tomás Gálvez.
En el proyecto de ley denominado “Ley de reforma constitucional para asegurar el ejercicio autónomo e independiente de la función pública e integridad funcional del Ministerio Público”, se reconocieron dos páginas donde se muestra el uso de Chat GPT para citar dos sentencias del Tribunal Constitucional (TC) presentes en la página 7 del documento.
De hecho, las dos sentencias citadas no calzan con exactitud en lo expuesto en el documento de Muñante.
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De acuerdo a la información de La República, la primera de ellas es el expediente N° 0004-2006-PI/TC. Se trata de una demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la entonces fiscal de la Nación contra determinados extremos de la Ley 28665, de Organización, Funciones y Competencia de la Jurisdicción Especializada en Materia Penal Militar Policial.
El TC resolvió que se debe garantizar la autonomía del Ministerio Público frente a la jurisdicción militar-policial, por lo que esta decisión constituye un precedente fundamental en la defensa de la independencia judicial y la separación de poderes en el sistema constitucional peruano. Pese a ello, en el proyecto de ley se da una lectura diferente. Indican que el Congreso “puede adoptar medidas constitucionales de carácter correctivo cuando el funcionamiento de las instituciones públicas se encuentra comprometidos de forma sustancial“.
A lo largo de la referencia al expediente N.° 0017-2008-PI/TC, ocurre algo similar. El informe argumenta que el Tribunal Constitucional aprobó mecanismos de excepción en reformas a la Constitución, pero en realidad, la sentencia declaró inconstitucional una ley que impidió la creación de filiales universitarias fuera del departamento de su sede. Además, la sentencia no concedía un derecho inmediato para establecer nuevas filiales.














