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ANA: La limpieza y descolmatación también es competencia de los gobiernos regionales

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Río Piura colmatado

La ANA recordó que las labores de limpieza y descolmatación de cauces no constituyen una responsabilidad exclusiva de la institución, sino que forman parte de las competencias que la legislación vigente distribuye entre el Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y las municipalidades.

En ese sentido, precisó que el artículo 25 de la Ley de Recursos Hídricos (Ley N.° 29338) establece que los gobiernos regionales y locales intervienen en la gestión de los recursos hídricos.

Asimismo, la Ley N.° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SIinagerd), y las leyes orgánicas de gobiernos regionales y municipalidades les asignan competencias para ejecutar acciones de prevención, reducir vulnerabilidades y proteger a la población y la infraestructura.

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Esta distribución de competencias también ha sido respaldada por la Contraloría General de la República. En el caso de Piura, el órgano de control advirtió recientemente que un eventual desborde del río Piura comprometería la responsabilidad del gobierno regional y de las municipalidades por no ejecutar oportunamente las acciones de prevención que les corresponden, conforme al marco legal vigente.

Finalmente, la ANA reitera que reducir el riesgo frente a las lluvias intensas asociadas al fenómeno El Niño requiere una actuación articulada en todos los niveles de gobierno, a fin de ejecutar oportunamente las intervenciones necesarias para proteger a la población, las áreas agrícolas y la infraestructura hidráulica.