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Congreso aprueba por unanimidad la denominada “Ley silla”

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Con 95 votos a favor, el Pleno del Congreso de la República del Perú aprobó por unanimidad el dictamen de la denominada “Ley silla”, iniciativa impulsada por la congresista María del Carmen Alva que busca proteger la salud y la integridad física de los trabajadores que permanecen de pie durante largos periodos de tiempo.

Tras su aprobación, la propuesta fue exonerada de una segunda votación a pedido del presidente de la Comisión de Trabajo, Alex Paredes. Posteriormente, el documento fue suscrito por el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, quedando listo para ser remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si la promulga u observa.

¿Qué establece la “Ley silla”?

La iniciativa será aplicada en centros de trabajo públicos y privados donde los trabajadores permanezcan de pie por más de tres horas continuas. En esos casos, los empleadores deberán proporcionar sillas o asientos ergonómicos que permitan pausas y alternar posturas durante la jornada laboral.

La norma prioriza su implementación en sectores como:

  • Comercio minorista y retail
  • Hostelería, gastronomía y turismo
  • Centros de salud
  • Servicios financieros y administrativos presenciales
  • Transporte y aeropuertos
  • Personal administrativo y docentes de inicial y primaria
  • Personal de vigilancia privada en puestos fijos

Empresas tendrán plazo de adaptación

La propuesta obliga a los empleadores a instalar sillas con respaldo y condiciones ergonómicas mínimas, además de establecer periodos de descanso sentado según la naturaleza del trabajo.

Asimismo, estas medidas deberán ser incorporadas en el reglamento interno de cada empresa. La ley también contempla la posibilidad de implementar sistemas rotativos de sillas, siempre que todos los trabajadores puedan acceder a descansos sentados durante la jornada.

Las empresas tendrán un plazo máximo de 12 meses para adecuar progresivamente sus centros laborales. Durante ese periodo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral realizará inspecciones con carácter orientador.

Puestos exceptuados

La norma no será obligatoria en labores donde permanecer de pie resulte indispensable o represente un aspecto de seguridad. Entre los casos exceptuados figuran:

  • Operarios en líneas de producción industrial
  • Trabajadores agrícolas en campo
  • Agentes de seguridad con control activo

En estos escenarios, las empresas deberán implementar pausas activas o descansos equivalentes.

El dictamen sostiene que permanecer de pie durante tiempos prolongados puede ocasionar problemas musculares, dolor lumbar, várices y desgaste articular, por lo que considera necesaria una legislación específica orientada a proteger la salud y dignidad de los trabajadores.