El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.° 32594, norma que sanciona a las universidades públicas y privadas que se nieguen a ceder sus instalaciones a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para la instalación de locales de votación durante los procesos electorales.
La disposición fue publicada el viernes 15 de mayo en edición extraordinaria del diario oficial El Peruano y lleva la firma del presidente interino José María Balcázar y del presidente del Consejo de Ministros, Luis Arroyo.
Modifican Ley Orgánica de Elecciones
La nueva norma modifica el artículo 65 de la Ley Orgánica de Elecciones e impone la obligación a universidades públicas y privadas, así como a otras entidades, de facilitar el uso de sus instalaciones como centros de sufragio.
El texto establece que las entidades cuyos locales sean designados deberán brindar las condiciones necesarias para la instalación y funcionamiento de las mesas de sufragio desde dos días antes de la elección, a partir de las 4:00 p. m., hasta las 6:00 p. m. del día siguiente de los comicios.
Multas de hasta 100 UIT
El incumplimiento de esta obligación será sancionado con multas de entre 50 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a montos que oscilan entre 275 mil y 550 mil soles, de acuerdo con criterios de gradualidad y progresividad que serán establecidos en el reglamento.
Además de universidades, la ley alcanza a municipalidades, edificios públicos donde no operen las Fuerzas Armadas ni la Policía, y otros locales considerados idóneos por la ONPE. La entidad electoral deberá garantizar que los espacios elegidos cuenten con accesibilidad, seguridad y adecuada ubicación geográfica para los electores.
LEE TAMBIÉN >>> Congreso aprueba por unanimidad la denominada “Ley silla”
Negativas registradas en anteriores elecciones
La iniciativa fue presentada por la Defensoría del Pueblo y responde a las dificultades que enfrentó la ONPE en anteriores procesos electorales debido a negativas de instituciones educativas para ceder sus instalaciones.
Según la ONPE, en las elecciones presidenciales de 2021 se tuvo que reemplazar 67 de los 11,897 locales inicialmente previstos. Asimismo, en 2025 se registraron 176 rechazos solo en Lima y Callao.
El dictamen original también contemplaba locales del Poder Judicial, pero esta propuesta fue retirada por la Comisión de Constitución debido a razones de seguridad vinculadas a expedientes sensibles.
Ley entra en vigencia de inmediato
La norma quedó exceptuada del principio de intangibilidad de las normas electorales, por lo que entró en vigencia al día siguiente de su publicación, conforme al artículo 109 de la Constitución Política del Perú.
En consecuencia, la ONPE podrá aplicar esta disposición en los próximos procesos electorales, incluidos los comicios previstos para junio y las Elecciones Regionales y Municipales programadas para octubre de este año.














