Sobre la información obtenida en el censo, la Defensoría del Pueblo recuerda a la ciudadanía que la misma tiene el carácter confidencial y que según la Ley de censos, los datos no pueden ser revelados de forma individualizada, aunque exista una orden judicial. Solo puede ser divulgada información estadística de carácter general.
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El Instituto Nacional de Estadística e Informática tiene la obligación de administrar y resguardar la información censal. «La infracción a sus deberes legales conllevaría responsabilidades penales y administrativas que nuestra institución velará por que sean efectivas», señala la Defensoría.
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El tratamiento de la base de datos corresponde al INEI, la posibilidad de que terceros tengan acceso a la misma, por necesidades de función exhaustivamente fundamentadas, exige el uso de los máximos niveles de seguridad que garanticen la total confidencialidad de los datos personales que ella contiene.