La Cámara de Comercio de Lima informó que las empresas en nuestro país tienen plazo hasta hoy 15 de diciembre para pagar a trabajadores gratificación y bonificación extraordinaria.
De no cumplir con el pago dentro de la fecha, se estaría cometiendo una grave infracción que constituye al pago por una infracción leve.
En caso que se detecte que la empresa no esté cumpliendo con pagar a los empleados en el plazo indicado, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) asignará al empleador una multa de “Mayor gravedad”.
LEER MÁS: Con un mes de estar empleado hay derecho a la gratificación
Las multas impuestas van desde S/182 en caso de microempresa, S/931 mil en grandes empresas, indicó la CCL.
Conforme al Decreto Supremo D.S. 015-2017-TR, las sanciones se ubican en tres escalas de multas diferenciadas: la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa.
Monto de la ‘Grati’
La Cámara de Comercio de Lima explica que la gratificación por Navidad será equivalente al íntegro de la remuneración que el trabajador percibió al 30 de noviembre del 2017. En tanto, para los trabajadores de las pequeñas empresas, que sean contratados después de haberse inscrito en el Remype, tendrán derecho a medio sueldo de gratificación.
No se considera remuneración computable para las gratificaciones a las utilidades, gratificaciones extraordinarias, movilidad, asignación por educación, viáticos, y demás conceptos previstos en el artículo 19° de la Ley de CTS.
Requisitos
Para percibir la gratificación el trabajador debe estar laborando en diciembre del 2017 o estar de vacaciones o gozando de subsidios con descanso médico. En caso el trabajador cuente con menos de seis meses, percibirá la gratificación en función de los meses laborados (un sexto por mes completo).