El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 declaró improcedente el pedido de nulidad total de los votos emitidos en el exterior durante la Segunda Elección Presidencial 2026, solicitud presentada por la organización política Juntos por el Perú. La medida alcanzaba a las mesas de sufragio instaladas en oficinas consulares de América, Europa, Asia, África y Oceanía.
Según la Resolución N.° 09641-2026-JEE-LIC2/JNE, el colegiado determinó que el recurso fue presentado el 22 de junio, doce días después del vencimiento del plazo legal establecido para este tipo de solicitudes. La normativa electoral señala que los pedidos de nulidad debían formularse dentro de los tres días posteriores a la jornada electoral del 7 de junio.
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Además de la extemporaneidad, el JEE indicó que no se acreditó el pago de la tasa electoral correspondiente, requisito indispensable para la admisión del trámite. Por ello, resolvió declarar improcedente la solicitud presentada por el personero legal de la agrupación política.
En una resolución adicional, el organismo electoral también rechazó el pedido de nulidad de varias mesas de sufragio en Estados Unidos, Francia y España presentado por una ciudadana peruana, al considerar que fue presentado fuera de plazo, sin legitimidad para solicitarlo y sin el pago de la tasa respectiva.














