Un total de 204 funcionarios y servidores públicos fueron inhabilitados por la Contraloría General para ejercer la función pública hasta por cinco años, debido a que cometieron infracciones administrativas graves o muy graves en la administración pública, de manera intencional o no ejercieron su función con diligencia, ocasionando un perjuicio al Estado.
Del total de inhabilitados para ejercer la función pública, 175 se encuentran con sanción vigente, mientras que 29 cumplieron su sanción. El listado de los inhabilitados se encuentra publicada en el portal institucional de la Contraloría General y se actualiza al término de cada mes.
La presunta responsabilidad administrativa grave o muy grave fue identificada en los informes de control posterior y corroborada en un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) donde se respetó el debido proceso que incluye, entre otros, el derecho de defensa, el principio de legalidad y el de tipicidad.
Los hechos identificados y sancionados por el PAS corresponden a irregularidades que se concretaron desde la vigencia de la Ley 31288, que restituyó en julio del 2021 la capacidad de sanción de la entidad de control.
Las conductas infractoras más recurrentes detectadas por la Contraloría son:
- Actuar en forma parcializada en los contratos, licitaciones y otros procedimientos
- Obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, haciendo uso de su cargo o autoridad
- Incumplir, negarse o demorar de manera injustificada e intencional, el ejercicio de las funciones a su cargo.
CONDUCTAS INFRACTORAS QUE SON SANCIONADAS
La Contraloría está en capacidad de sancionar con inhabilitación para ejercer la función pública a los funcionarios y servidores públicos que incurran en alguna de las 32 conductas infractoras, como actuar en forma parcializada en los contratos o licitaciones, beneficiando a un tercero; contratación de bienes, servicios u obras sin procedimiento de selección; dar la conformidad a bienes, prestación de servicios o ejecución de obra que no se hayan ejecutado o brindado.