Un debate para incorporar al ordenamiento jurídico peruano, la pena de muerte por delito contra la libertad sexual, se calcula que demoraría alrededor de seis años y requeriría de una reforma constitucional y del Código Penal, indicó el abogado penalista Luis Lamas Puccio.
Según explicó el experto, las razones por las cuales hasta el momento ese tema no ha podido aprobarse, es porque la Constitución Política de 1993 establece en el artículo 140 que la pena de muerte sólo puede aplicarse por el delito de traición a la patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada.
En ese sentido, Lamas dijo que para aplicar esta sanción tendría que modificarse la Constitución a fin de ampliar la aplicación de la pena de muerte a otro tipo de delitos.
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Asimismo, Perú tendría que denunciar la Convención Americana de Derechos Humanos ante la Organización de Estados Americanos (OEA), lo cual tomaría alrededor de otros dos años.
No obstante, Perú ratificó en 1978 la Convención Americana de Derechos Humanos, también conocido como Pacto de San José, que menciona en su artículo 4 que “nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.
El abogado penalista indicó que también tendría que desarrollarse todo un marco legislativo interno para modificar el Código Penal.
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Además, señaló, si es que logra hacerse todas estas modificaciones, recién podría llevarse a cabo un juicio por un delito de esta naturaleza, el cual demoraría un promedio de otros dos años.
En tal sentido, en la práctica se estaría hablando de entre cinco a seis años para poder incorporar la pena de muerte a los delitos contra la libertad sexual en el Perú.
“Estas leyes no se podrían aplicar de manera retroactiva, esto en la práctica implicaría una manipulación de la opinión pública durante cinco o seis años”, indicó.
Fuente: Andina
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