La Sunat estableció la prórroga automática de los plazos de vencimiento de la declaración y pago de las obligaciones tributarias mensuales y de la declaración jurada anual del impuesto a la renta e impuesto a las transacciones financieras para aquellos deudores tributarios cuyo domicilio fiscal se encuentre en las zonas declaradas en emergencia por desastres naturales.
Redacción
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La medida fue publicada en el diario oficial El Peruano, donde se detallan los nuevos calendarios para las obligaciones respectivas.
Estas medidas excepcionales a favor de los deudores tributarios solo se dan a aquellos cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de estado de emergencia por los desastres naturales declarados mediante decretos supremos publicados hasta el 12 de marzo.
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«La presente resolución tiene por objeto otorgar facilidades a los deudores tributarios a que se refiere el artículo 3 para el cumplimiento de determinadas obligaciones tributarias ante la Sunat, así como establecer un procedimiento de emergencia para la solicitud de libre disposición de los montos depositados a favor de dichos sujetos», señala la norma.
Los nuevos cronogramas de pagos, las prórrogas para las demás obligaciones tributarias y las disposiciones complementarias se pueden verificar en la página de la Sunat.