Hoy martes 2 de enero de 2018 fue declarado como feriado no laborable y aplicará al sector público, teniendo el sector privado la posibilidad de acogerse.
El feriado del 2 de enero 2018 fue autorizado como no laborable compensable; los días feriado para el sector público suman cuatro en total: sábado 30 de diciembre, domingo 31, lunes 1 de enero y martes 2.
Las horas en las que no se trabajará durante las fechas declaradas no laborables, serán compensadas la semana siguiente o en la fecha en la que el titular de cada entidad pública establezca, precisa del DS 001-2017 PCM.
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La norma de la PCM establece que las horas dejadas de trabajar en el día no laborable del 2 de enero serán compensadas en la semana posterior a la del día no laborable, o en la oportunidad que establezca el empleador.
“Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a los dispuesto en el presente decreto supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo decidirá el empleador”, señala el decreto.
Asimismo, se indicó que para fines tributarios, el martes 2 de enero será considerado como día hábil.