La Dirección Regional de Educación de Piura (DREP) recordó a los directores de las instituciones educativas de la región Piura y a la población en general, que un acto de proselitismo político o sindical realizado en las instituciones educativas constituye falta grave, según el Decreto Supremo N.°017-2007-ED.
Según se indicó, en las escuelas públicas deben cumplir el Reglamento de Propaganda Electoral, emitido por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), quienes pueden imponer multas y denunciar penalmente ante el Ministerio Público y la Contraloría General de la República al director de la institución educativa que infrinja dicho reglamento.
Durante la campaña electoral
El JNE indica que los directivos, docentes o trabajadores administrativos de las instituciones educativas no deberán permitir que las organizaciones políticas o candidatos tengan actividades de cualquier naturaleza en las instituciones educativas ni ellos participar –en horario de trabajo- en alguna actividad que forme parte de un organismo político o candidato.
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Asimismo, no deberá influir directa o indirectamente para que personal a su cargo opte por algún candidato u opción política-electoral.
Según el Decreto Supremo N.°017-2007-ED, el director y subdirector son responsables de garantizar el funcionamiento de las instituciones educativas y el Reglamento de la Ley N.°28988, donde se declara que la Educación Básica Regular es un servicio público; por tanto, se considera falta grave el permitir el proselitismo político o sindical en las escuelas públicas.
La DREP resaltó que la prohibición de no hacer propaganda implica pegar afiches, formular discursos, repartir folletos, realizar pintas en las paredes de las escuelas públicas o cualquier actividad relativa a una campaña política-electoral.