Con 97 votos a favor, el Congreso de la República aprobó una reforma legal que permite la expulsión inmediata de ciudadanos extranjeros capturados en flagrancia, es decir, en el momento de cometer un delito, sin necesidad de una sentencia judicial firme. La norma fue exonerada de segunda votación y será enviada al Ejecutivo para su promulgación.
La reforma modifica el Código Penal con el objetivo de reforzar la seguridad ciudadana. Establece que un juez podrá ordenar la deportación del extranjero detenido en flagrancia, quien no podrá reingresar al país durante el tiempo que correspondería a su condena. Además, se podrán incautar sus bienes para el pago de reparaciones civiles.
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Sin embargo, la medida ha generado cuestionamientos constitucionales y operativos. El penalista César Nakasaki advirtió que podría ser inconstitucional al permitir una sanción sin sentencia firme, y sugirió aplicar el “proceso inmediato” para respetar el debido proceso judicial.
Nakasaki también alertó sobre problemas en la implementación, como el control fronterizo insuficiente, los altos costos de deportación y la posible negativa de países de origen a recibir a sus ciudadanos. Además, señaló que la norma podría ser impugnada mediante recursos como el habeas corpus.















