El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, a menos que quien haya salido elegido tenga un notorio o grave impedimento físico o mental, la necesidad de ausentarse del país, o ser mayor de 70 años de edad, informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Redacción
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¿Qué pasa si fue elegido miembro de mesa pero no podrá asistir? En este caso, el ciudadano deberá presentar una excusa al cargo, que puede ser tramitada hasta cinco días después de la publicación oficial de la relación de miembros de mesa.
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-¿Quiénes se pueden excusar al cargo?-
► Ser candidato o personero de alguna Organización Política inscrita en el registro pertinente.
► Ser funcionario o empleado de alguno de los organismos que conforman el Sistema Electoral Peruano.
► Ser autoridad política.
► Ser miembro de los Concejos Municipales.
► Ser ciudadano integrante de los Comités Directivos de los Partidos Políticos, Agrupaciones Independientes o Alianzas inscritos en el Jurado Nacional de Elecciones.
► Ser cónyuge o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa.
► Ser elector temporalmente ausente de la República.
► Por notorio o grave impedimento impedimento físico o mental.
► Por necesidad de ausentarse del territorio de la República.
► Ser mayor de 70 años de edad.
El trámite de excusa al cargo de miembro de mesa es gratuito. En el caso de la Justificación, la solicitud puede presentarse hasta antes de los cinco (5) días naturales previos al día de la elección.
Pasados estos plazos, la ONPE no otorga excusas ni justificaciones al cargo de miembro de mesa. Solo se puede presentar la justificación de inasistencia en caso de enfermedad.
En caso la persona que haya salido elegida como miembro de mesa tenga problemas de salud, deberá solicitar una justificación al cargo por enfermedad ante la ODPE que le corresponda hasta cinco días antes de la fecha de las elecciones portando los siguientes documentos:
► Copia de D.N.I.
► Certificado médico emitido por una entidad pública o privada, y a falta de esta por el médico de su localidad.
► Solicitud simple dirigida al Jefe de la ODPE.
El plazo para resolver la solicitud de excusa o justificación de inasistencia es dentro de los 3 días hábiles de haber sido recibida.